Incluso cuando no es del conocimiento popular, existe una pequeña confusión entre las AFORES y las SIEFORES. Es común escuchar como se hace referencia a las AFORES como si fueran las SIEFORES, mientras de que estas estas últimas no se suele escuchar en lo absoluto. El objetivo es este articulo es dar un poco de luz a esta pequeña confusión
Las Administradoras de Fondos Para el Retiro —conocidas popularmente como AFORES— son las encargadas de administrar e invertir las cuotas y aportaciones de las y los trabajadores destinados para su retiro. Estas entidades financieras surgen en el año 1997 con la reforma al sistema de pensiones, sustituyendo al Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) como las encargadas de garantizar rendimientos en las cuentas individuales de cada una de las y los trabajadores del sector formal de la economía mexicana, implementando un Sistema de Capitalización Individual.
La Asociación Méxicana de Afores (AMAFORE) describe a las AFORES como «entidades financieras dedicadas de manera exclusiva y profesional a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores las cuales deben contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y están sujetas a la regulación de la CONSAR [Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro]”. Actualmente, en el año 2025, la CONSAR solo autoriza a las siguientes diez entidades financieras operar como afores en la república mexicana: Azteca, Banamex, Coppel, Inbursa, Invercap, Pensionissste, Principal, Profuturo, Sura y XXI Banorte.
Cada uno de las y los trabajadores cuenta con una cuenta individual la cual es completamente personal y única. En estas cuentas se acumulan las cuotas y aportaciones realizados de manera tripartita entre el empleador, empleado y el gobierno como porcentaje del salario cotizado. Lo ahorrado e invertido se encontrará a la disposición de las y los trabajadores a la edad de retiro.
Si bien las SIEFORES son significativamente menos conocidas que las AFORES, son lo que popularmente se entiende por las afores. Estas últimas, como se ha mencionado, son entidades financieras encargadas de administrar los recursos para el retiro de las y los trabajadores; mientras que las Sociedades de Inversión Especializadas para el Retiro (o SIEFORES) son fondos de inversión donde las AFORES colocan los ahorros para el retiro con el objetivo de obtener rendimientos. Cada AFORE cuanta con sus propias SIEFORES donde invierten el ahorro de las y los trabajadores de acuerdo a las reglas de la CONSAR.
Existen distintas SIEFORES de acuerdo al año de nacimiento conocidas como SIEFORES Generacionales, las cuales se asignan de acuerdo al perfil generacional aunque su permanencia es opcional y es posible realizar cuotas y aportaciones a la SIEFORE de nuestra elección. Algunas AFORES cuentan con SIEFORES Adicionales para ahorradores con perfil de inversión más específico.
SIEFORES Generacionales existentes:
- SIEFORE Básica Inicial
- SIEFORE Básica 95-99
- SIEFORE Básica 90-94
- SIEFORE Básica 85-89
- SIEFORE Básica 80-84
- SIEFORE Básica 75-79
- SIEFORE Básica 70-74
- SIEFORE Básica 65-69
- SIEFORE Básica 60-64
- SIEFORE Básica de pensiones (SB0)
Por lo tanto, las AFORES son las empresas del sector privado encargados de administrar los ahorros para el retiro en una de sus SIEFORES de acuerdo al perfil de las y los trabajadores. En una analogía, las AFORES sería el banco (entidad financiera) y las SIEFORES las cuentas de ahorro de estos. No obstante hay que ser precavidos, incluso si ciertos bancos son propietarios de una AFORE —como es el caso Azteca, Banamex, Inbursa y XXI Banorte— las AFORES no son bancos debido que se dedican de manera exclusiva a administrar e invertir las cuentas individuales donde las y los trabajadores colocan de manera periódica sus cuotas y aportaciones para el retiro.